BECAS

La Universidad Blas Pascal otorga diferentes tipos de becas con el objetivo de facilitar y estimular la realización de los estudios universitarios.
El pedido debe realizarse presentando la Solicitud de Beca, antes de la fecha límite informada en la página web de la Universidad, acompañada de la documentación que en cada caso se requiera.

Fecha límite

> Primer semestre: hasta el 28/02

> Segundo semestre: hasta el 31/07

Tipos de Becas

Están destinadas a personas que presenten dificultades para iniciar o continuar sus estudios universitarios de pregrado, grado, o posgrado por motivos de índole socioeconómico.

Estas becas pueden ser:

 

> Para atender situaciones económicas y/o sociales puntuales, en cuyo caso el beneficio podrá ser una reducción del arancel mensual de hasta el 30% (treinta por ciento) en casos debidamente justificados.

> Para atender la situación de alumnos de Educación a Distancia que provengan de zonas de bajo desarrollo, en cuyo caso las becas podrán consistir en una reducción de hasta un 30% (treinta por ciento) del arancel.

 

Requisitos

> Cumplir con los requisitos detallados en el Reglamento de Becas, artículo 25º. (Al final de esta página encontrarás el artículo de referencia.)

> Composición del grupo familiar.

> Constancia de trabajador/a en relación de dependencia emitida por ANSES y/o Constancia de inscripción en AFIP de monotributo o autónomos y/o fotocopia del último Recibo de sueldo de jubilación o pensión y/o Certificación negativa de aportes en ANSES y Provincial si corresponde en el caso de desempleados/as

> Fotocopia del DNI del/de la solicitante con el domicilio actualizado, sus padres o cónyuge o conviviente según la conformación del grupo familiar

> Fotocopia de la última factura paga del servicio de suministro eléctrico en el domicilio declarado

> Facilitar la visita de un Asistente social para verificar la información presentada en caso de que sea solicitado por el Comité de Becas.

Están destinadas a premiar especialmente la dedicación al estudio, puesta de manifiesto en alguna de las siguientes situaciones:

 

> Para Alumnos ingresantes por desempeño sobresaliente en los estudios de nivel medio: beca al 2º (segundo) y 3º (tercer) mejor promedio de calificaciones de la Institución Educativa de Nivel Medio del cual proviene el Alumno, obtenido en los últimos 2 años inmediatos anteriores al ingreso a la Universidad, debidamente acreditado.

> Por desempeño sobresaliente durante la carrera: 1- Beca al mejor promedio de cada carrera de cuatro años de duración en la que haya cursado y aprobado regularmente los tres primeros años de la misma.

> Por desempeño sobresaliente durante la carrera: 2- Beca al mejor promedio de cada carrera de cinco años de duración en la que haya cursado y aprobado regularmente los cuatro primeros años.

> Para alumnos ingresantes en las carreras de Posgrado, que hayan tenido un desempeño sobresaliente en alguna de las carreras de grado de la UBP (2º y 3º promedio).

> Para alumnos ingresantes en las carreras de Posgrado, que hayan tenido un desempeño sobresaliente en otras universidades (1º y 2º promedio).

En todos los casos las becas consistirán en reducciones del 50% (cincuenta por ciento) del arancel mensual desde el momento de su obtención hasta el egreso, siempre que en el caso que corresponda mantenga los requisitos previstos.

 

Requisitos

> Cumplir con los requisitos detallados en el Reglamento de Becas, artículo 25º. (Al final de esta página encontrarás el artículo de referencia.)

> Acreditar los antecedentes académicos que avalan haber tenido el 2º (segundo) o 3º (tercer) mejor promedio de calificaciones de la Institución Educativa de Nivel Medio del cual proviene.

> Presentar Carta de Recomendación del Director o máxima autoridad de la Institución en la cual cursó sus estudios.

> Presentar Certificado Analítico validado por la Institución.

> Realizar una entrevista de admisión con el Vicerrector de Asuntos Académicos y/o Director de la Carrera a la que aspira ingresar.

> No haber presentado asignaturas por equivalencia.

> Aprobar el Curso de Admisión o Ambientación.

> Mantener a partir del otorgamiento de la beca un promedio de calificaciones de 8 (ocho) puntos o más, incluyendo aplazos, además de cursar la carrera al ritmo establecido en el Plan de Estudio correspondiente.

Están destinadas a personas que se inscribiesen en una segunda carrera de pregrado, grado o posgrado:

 

> Alumnos que estén cursando carreras de pregrado, grado o posgrado en la Universidad.

> Egresados que se inscriban para el cursado de una segunda carrera de pregrado, grado o posgrado en la Universidad

 

En ambos casos el beneficio será del 20 % de reducción en el arancel mensual, aplicado sobre el valor de la carrera de menor arancel.

 

Requisitos

> Cumplir con los requisitos detallados en el Reglamento de Becas, artículo 25º. (Al final de esta página encontrarás el artículo de referencia.)

> Haber mantenido un promedio mayor a 8 (ocho) puntos o más, incluidos los aplazos, en todos los años de cursado, además de haber cursado la carrera de acuerdo con el plan previsto.

> No haber presentado asignaturas por equivalencia.

Están destinadas a premiar con el 100% en alguna de las siguientes situaciones:

 

Ingresantes de Grado: al mejor promedio de egreso de Instituciones Educativas de Nivel Medio de todo el país de colegios públicos y privados, obtenido en los últimos 2 años inmediatos anteriores al ingreso a la Universidad, debidamente acreditado.

Ingresantes de Posgrado: al mejor promedio de cada carrera de grado de la Universidad Blas Pascal obtenido en los últimos 5 (cinco) años inmediatos anteriores a la solicitud de la beca.

 

Requisitos

> Cumplir con los requisitos detallados en el Reglamento de Becas, artículo 25º. (Al final de esta página encontrarás el artículo de referencia.)

> Haber realizado la inscripción.

> Presentar la Solicitud de Beca dentro de la fecha establecida por la Universidad.

> No haber sido sancionado conforme a la normativa vigente.

> Presentar la documentación que avale haber sido el mejor promedio de la Institución Educativa de Nivel Medio en la cual cursó sus estudios de los últimos 2 (dos) años inmediatos anteriores al ingreso a la Universidad.

> Presentar Carta de Recomendación del Director o máxima autoridad de la Institución en la cual cursó sus estudios.

> Presentar Certificado Analítico validado por la Institución.

> Realizar una entrevista de admisión con el Vicerrector de Asuntos Académicos y/o Director de la Carrera a la que aspira ingresar.

> No haber presentado asignaturas por equivalencia.

> Aprobar el Curso de Admisión o Ambientación.

> Mantener a partir del otorgamiento de la beca un promedio de calificaciones de 8 (ocho) puntos o más, incluyendo aplazos, además de cursar la carrera al ritmo establecido en el Plan de Estudio correspondiente.

Están destinadas a disminuir la carga económica del grupo familiar que asista a la Universidad, no serán acumulativas y serán de aplicación en carreras de pregrado, grado y posgrado, pudiendo ser:

 

> Por parentesco en 1º grado, por consanguinidad, adopción o convivencia, con personal de la UBP, docente y no docente, tanto de tiempo completo como parcial (esposos, padres e hijos): hasta un 50% (cincuenta por ciento) de reducción del arancel mensual.

> Por parentesco en 2º grado, por consanguinidad, adopción o convivencia, con personal de la UBP, docente y no docente, tanto de tiempo completo como parcial (hermanos, abuelos, tíos y sobrinos): hasta un 25% (veinticinco por ciento) de reducción del arancel mensual.

> Por parentesco directo en 1º grado, por consanguinidad, adopción o convivencia, con alumno/a/os/as que se encuentre/n cursando regularmente en la UBP (esposos, hijos, hermanos, o padres): se otorgará el 10% de descuento sobre el arancel mensual a cada integrante del grupo familiar.

> Por parentesco directo en 1º grado, por consanguineidad, adopción o por convivencia, para hijos de egresados de la UBP de las carreras de pregrado, grado o posgrado: se otorgará el 10% de descuento sobre el arancel mensual a cada integrante del grupo familiar.

 

Requisitos

> Cumplir con los requisitos detallados en el Reglamento de Becas, artículo 25º. (Al final de esta página encontrarás el artículo de referencia.)

> Copia de la Libreta de Familia, o acta de nacimiento, o documentación que acredite el vínculo.

> Acreditación de convivencia.

La Universidad dispone el otorgamiento de una beca del 100% en el arancel mensual a Alumnos que acreditaren su participación en la Guerra de Malvinas y un 50% de bonificación en el arancel mensual de sus hijos/as y conyugues.

 

Requisitos

> Cumplir con los requisitos detallados en el Reglamento de Becas, artículo 25º. (Al final de esta página encontrarás el artículo de referencia.)

> Certificado de Veterano de Guerra en combate o de servicio en el frente de guerra emitido por el Ejército Argentino.

> Si la solicitud fuese para hijos/as y conyugues de un Veterano, debe presentar, además del Certificado, la documentación que corresponda para validar el vínculo familiar.

La Universidad dispone, ante situaciones de emergencia, de la posibilidad de asistir a sus estudiantes para que puedan continuar con sus estudios en los casos en los cuales:

 

> Se produjera el fallecimiento del familiar que solventa los estudios del estudiante.

> El Alumno viviese en una localidad afectada por un desastre natural.

> El Alumno viviese en una localidad donde se produjera el cierre de la principal fuente de trabajo de la misma.

 

El beneficio consiste en la bonificación de hasta un 100% (cien por ciento) del arancel mensual hasta solucionar la situación con un plazo máximo de 6 meses.

 

Requisitos

> Cumplir con los requisitos detallados en el Reglamento de Becas, artículo 25º. (Al final de esta página encontrarás el artículo de referencia.)

> Para el caso de fallecimiento de quien afronta el pago de sus estudios, copia del Certificado de Defunción y documentación que valide el vínculo.

> Para el caso de desastre natural, situaciones en general de público conocimiento, validación de que su domicilio se encuentra en la zona afectada.

> Para el caso de cierre de la fuente principal de ingresos de la localidad, copia del telegrama de despido y de la baja en ANSES.

La Universidad dispone de un apoyo al personal, con un beneficio en el arancel de hasta un 50% general, o 75% especial.

 

Requisitos

> Cumplir con los requisitos detallados en el Reglamento de Becas, artículo 25º (al final de esta página encontrarás el artículo de referencia).
> ARTÍCULO 23º: Los descuentos al personal en relación de dependencia de la Universidad podrán ser otorgados al personal docente, de investigación o de administración y servicios, que curse carreras de pregrado, grado, posgrado o programas de educación continua y que tenga una antigüedad laboral mínima de 1 año en la UBP. La bonificación en el arancel será del 50%, pudiendo llegar al 75% cuando la carrera o programa tenga relación directa con la actividad desempeñada en la Universidad, caso en el que deberá ser validada por la máxima autoridad del área y el Vicerrectorado de Administración.

La Universidad dispone de un beneficio para los alumnos que participan de actividades de Extensión, con la bonificación de hasta un 10% (diez por ciento) del arancel mensual y 50% (cincuenta por ciento) en Educación Continua. 

 

Requisitos

> Cumplir con los requisitos detallados en el Reglamento de Becas, artículo 25º (al final de esta página encontrarás el artículo de referencia).
> ARTÍCULO 16°: Las Becas de extensión podrán ser otorgadas a estudiantes que participen en actividades de extensión desarrolladas en el marco de alguna de las carreras de pregrado, grado o posgrado dictadas en la Universidad.  El beneficio tendrá vigencia mientras se desarrolle el proyecto de extensión. Además se otorgará a estos/as estudiantes una reducción del 50% en los aranceles de programas de educación continua, durante el período que dure el proyecto de extensión más 1 semestre. Este tipo de beca es acumulativa en caso de contar con otro beneficio. 
>
ARTÍCULO  32°: Para la solicitud de Becas de extensión se requiere haber sido designado formalmente, como participante de un equipo de extensión vinculado a carrera/s que se dictan en la Universidad.

La Universidad dispone de un beneficio para los alumnos que participan de actividades de Investigación, con la bonificación de hasta un 10% (diez por ciento) del arancel mensual y 50% (cincuenta por ciento) en Educación Continua. 

 

Requisitos

> Cumplir con los requisitos detallados en el Reglamento de Becas, artículo 25º (al final de esta página encontrarás el artículo de referencia).
> ARTÍCULO 17º: Las Becas de investigación se otorgarán a estudiantes que formen parte de equipos de investigación de proyectos aprobados en la Universidad por el lapso que dure el proyecto. Además se otorgará a estos/as estudiantes una reducción del 50% en los aranceles de programas de educación continua, durante el período que dure el proyecto de investigación más 1 semestre. Este tipo de beca es acumulativa en caso de contar con otro beneficio. 
>
ARTÍCULO  33°: Para la solicitud de Becas de investigación se requiere haber sido designado formalmente, mediante Resolución, como participante de un equipo de investigación de proyectos radicados en la Universidad.


Requisitos generales – Reglamento de Becas, RCS 22/2022, Artículo 25º

Para descargar el reglamento de Becas, haga click aquí.

> Haber realizado la inscripción abonando la matrícula correspondiente, excepto cuando se trata de Beca a la excelencia académica (tanto en carreras de grado como de posgrado), la cual cuenta con el beneficio del 100% de reducción de este concepto.
> Haber completado y presentado a través de la plataforma miUBP la Solicitud con toda la documentación correspondiente al tipo de beneficio al cual se quiere aplicar, dentro de la fecha comunicada en la página web de la Universidad.
> Haber aceptado fehacientemente las condiciones establecidas en el Régimen de becas y bonificaciones de la UBP.
> No haber sido sancionado conforme a las normas vigentes de la UBP.
> No registrar mora en el pago de los aranceles al momento de su solicitud.

> Contacto: alumnos.administracion@ubp.edu.ar | Tel. 0810 1 22 33 827